IV.  Amerika.  1158  182.  Ecuador.

Secciön  II.  De  la  Cämara  del  Senado.

Articulo  44.  _  La  Cämara  del  Senado  se  compone  de  dos  Senadores  por  cada
Provincia,  elegidos  conforme  &amp;  la  ley.

Articulo  45.  Para  ser  Senador  se  requiere:

1.  Ser  ecuatoriano  de  nacimiento,  en  ejercicio  de  los  derechos  de  ciudadania;  y,

2.  Tener  treinta  afos  de  edad.

Articulo  46.  Los  Senadores  durarän  cuatro  afos  en  sus  funciones,  y  podräan
ser  indefinidamente  reelegidos.

Articulo  47.  Son  atribuciones  exclusivas  de  la  Cämara  del  Senado:

1.  Conocer  de  las  acusaciones  propuestas  por  la  Camara  de  Diputados  contra
los  funcionarios  &amp;  que  se  refiere  el  articulo  cincuenta  y  tres;

2.  Rehabilitar  &amp;  los  que  hubieren  perdido  los  derechos  de  ciudadania,  excepto
en  el  caso  de  traiciön  en  favor  de  Naciön  enemiga  ö  de  facciön  extranjera;  y,

3.  Rehabilitar,  probada  la  inocencia,  la  memoria  de  los  condenados  injustamente.

Articulo  48.  Cuando  el  Senado  conozca  de  alguna  acusaciön,  y  €sta  se  limitare
&amp;  las  funciones  oficiales,  no  podr&amp;  imponer  otra  pena  que  suspensiön  Ö  privaciön  del
empleo,  y  &amp;  lo  mäs,  declarar  al  acusado  temporal  6  perpetuamente  inhabilitado  para
obtener  destinos  püblicos;;  pero  se  le  seguir&amp;  juicio  criminal  al  acusado  ante  el  Tribunal
competente,  si  el  hecho  le  hiciere  responsable  de  infracciön  que  merezca  otra  pena.

Articulo  49.  Cuando  no  se  trate  de  la  conducta  oficial,  el  Senado  se  limitarä
&amp;  declarar  si  ha  lugar  ö  no  al  juzgamiento;  y  en  caso  afirmativo,  pondr&amp;  al  acusado
&amp;  disposiciön  del  respectivo  Tribunal.

Secciön  III  De  la  Cämara  de  Diputados.

Articulo  50.  La  Cämara  de  Diputados  se  compone  de  los  ciudadanos  que  nombran
las  provincias  de  la  Repüblica,  conforme  &amp;  la  Ley  de  Elecciones.

Cada  Provincia  elige  un  Diputado  por  cada  treinta  mil  habitantes;  pero,  ei
queda  un  exceso  de  quince  mil,  elegir&amp;  un  Diputado  mäs.

Si  una  Provincia  no  se  hallare  en  los  casos  anteriores,  elegir&amp;  un  Diputado  sea
cual  fuere  su  poblaciön.

Articulo  51.  Para  ser  Diputado  se  requiere  ser  ecuatoriano  de  nacimiento  y
en  ejercicio  de  los  derechos  de  ciudadania.

Articulo  52.  Los  Diputados  lo  son  por  dos  afios,  y  pueden  ser  indefinidamente
reelegidos.

Articulo  53.  Son  atribuciones  especiales  de  la  Cämara  de  Diputados:

1.  Acusar  ante  el  Senado  al  Presidente  de  la  Repüblica,  6  al  Encargado  del
Poder  Ejecutivo;  &amp;  los  Consejeros  de  Estado;  &amp;  los  Ministros  Secretarios  de  Despacho;
y  &amp;  los  Ministros  de  la  Corte  Suprema;  y,

2.  Examinar  las  acusaciones  que  se  propusieren  contra  dichos  funcionarios,
por  individuos  particulares  6  por  corporaciones;  y  si  las  estimare  fundadas,  llevarlas
ante  el  Senado.